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Cómo llenar el formato 607 de ventas, paso a paso

El 607 es tu lado del cruce con la DGII: lo que reportas aquí tiene que coincidir con el 606 de cada cliente. Así se arma sin errores.

Actualizado el 15 de octubre de 2026

Respuesta rápida

El 607 reporta cada mes las ventas sustentadas en comprobantes con valor fiscal y especiales, más las retenciones de ITBIS y de ISR que te hicieron tus clientes. Las facturas de consumo van una por una solo si valen RD$250,000 o más, con la identificación del comprador; el resto se reporta como resumen en la Oficina Virtual. Se envía a más tardar el día 15 del mes siguiente.

Qué va en el 607

Cada factura de crédito fiscal (B01), cada comprobante especial (B14, B15, B16) y cada nota de crédito o débito que emitiste en el mes, con su NCF. Las facturas de consumo siguen otra regla: desde el período de julio de 2018 (Norma General 10-18) solo se reportan una por una las de RD$250,000 o más, indicando el documento de identidad del comprador.

Además, la DGII pide un resumen del total de las operaciones con facturas de consumo del mes, incluidas las que ya reportaste en el 607, a través de un módulo de la Oficina Virtual. Es fácil olvidarlo porque no forma parte del archivo.

Los contribuyentes con impresora fiscal (Soluciones Fiscales) remiten el Libro de Ventas mensual. Solo envían 607 por las ventas que la DGII les autorizó a facturar fuera de la impresora.

Qué lleva cada fila

RNC, cédula o pasaporte del cliente y su tipo de identificación; el NCF y el NCF modificado si es una nota; el tipo de ingreso (para una pyme casi siempre ingresos por operaciones); la fecha del comprobante; la fecha de retención si el cliente te retuvo; el monto facturado y el ITBIS facturado; el ITBIS y la renta retenidos por terceros; y el monto cobrado por cada forma de pago: efectivo, cheque o transferencia, tarjeta, venta a crédito y otras.

Las retenciones son lo que más se escapa. Cuando una empresa te paga un servicio y te retiene el 30% del ITBIS, o el Estado te retiene, esa retención va en la fila de la factura y luego la tomas como pago a cuenta en tu declaración. Si no la reportas, pagas el ITBIS completo dos veces: una vía el cliente y otra tú. La guía de retención de ITBIS explica cuándo aplica.

El cruce con el 606 de tus clientes

Cada B01 que reportas, tu cliente lo reporta en su 606. La DGII compara los dos lados: NCF, RNC, monto e ITBIS. Si tú dices 100,000 y el cliente dice 110,000, alguien recibe una notificación pidiendo explicaciones.

Las diferencias casi siempre vienen de lo mismo: un RNC mal escrito, una nota de crédito que solo uno de los dos reportó, o una factura que el cliente registró en otro mes. Reportar en el mes en que emitiste, con el NCF exacto, evita casi todas.

Cómo generar y enviar el 607

  1. Reúne las ventas del mes

    Facturas con valor fiscal, especiales, notas de crédito y débito, y las de consumo de RD$250,000 o más.

  2. Agrega las retenciones de clientes

    Usa los comprobantes de retención que te entregaron para llenar ITBIS y renta retenidos y su fecha.

  3. Llena la plantilla y valida

    Plantilla de Excel de la DGII con macros: encabezado, Inicio, filas, Validar hasta que no queden errores.

  4. Genera el TXT y prevalida

    Generar Archivo y luego la Herramienta de Pre-validación de Envío de Datos.

  5. Envía y revisa

    Oficina Virtual, Formatos de Envíos, Enviar Archivos, tipo 607. El resultado está en Consultar mis envíos.

  6. Reporta el resumen de consumo

    Completa en la Oficina Virtual el resumen mensual de las ventas con factura de consumo.

Preguntas frecuentes

¿Todas las facturas de consumo van en el 607?

No. Solo las de RD$250,000 o más, con el documento de identidad del comprador. El resto se reporta como resumen mensual en la Oficina Virtual.

¿Cuándo vence el 607?

A más tardar el día 15 del mes siguiente. Las ventas de octubre se reportan antes del 15 de noviembre.

¿Tengo que enviar el 607 si no vendí nada?

Sí, en cero, desde Declaraciones Juradas, Declaraciones en Cero, en la Oficina Virtual.

¿Dónde reporto que un cliente me retuvo ITBIS?

En la fila de esa factura en el 607, con la fecha de la retención, y luego como pago a cuenta en tu declaración de ITBIS.

¿Las notas de crédito van en el 607?

Sí, con su propio NCF y el NCF de la factura que modifican.

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