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Comprobante B11: cómo comprarle a un proveedor informal

Le compraste a alguien sin RNC: el plomero que no factura, el agricultor, el que vende cartón. Para que ese gasto cuente, el comprobante lo pones tú.

Actualizado el 15 de octubre de 2026

Respuesta rápida

El comprobante de compras (B11, o E41 en electrónico) lo emite el comprador cuando adquiere bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes. Sustenta el gasto en tu 606. Si lo comprado está gravado con ITBIS, la DGII te obliga a retener el 100% de ese ITBIS, y en servicios de personas físicas también retienes el ISR que corresponda.

Qué es el B11 y por qué lo emites tú

Normalmente el comprobante lo da quien vende. El B11 es la excepción: como el proveedor no está registrado en la DGII y no puede emitir NCF, el negocio que compra emite el comprobante por él. Sin ese papel el gasto no tiene sustento y no lo puedes deducir.

Sirve para compras reales a personas que de verdad no tienen RNC. No es para tapar facturas perdidas de proveedores formales, ni para compras a empresas que sí emiten NCF y no te lo dieron. En esos casos lo que toca es pedir la factura.

El B11 lleva los datos del vendedor (nombre y cédula), la descripción de lo comprado, el monto y las retenciones. Guárdalo con la copia de la cédula del vendedor: es lo que respalda el gasto si la DGII pregunta.

Qué retienes al emitirlo

La Guía del Contribuyente sobre ITBIS de la DGII es clara: quien compre bienes o servicios gravados con ITBIS a personas no registradas como contribuyentes debe retener el 100% del ITBIS y sustentar la operación con un comprobante de compras B11 o E41. Ese ITBIS no se le paga al vendedor; lo declaras y pagas tú en tu IT-1.

Si lo que compras es un servicio de una persona física, además retienes ISR. Con la Ley 30-26 la retención por honorarios, comisiones y alquileres a personas físicas pasó del 10% al 15% para retenciones efectuadas desde el 1 de julio de 2026. Esa retención se declara y paga en el IR-17 a más tardar el día 10 del mes siguiente.

Las tasas de retención de ISR cambiaron en 2026 y hay casos con tratamiento distinto, como los servicios técnicos. Confirma la tasa de tu caso con tu contable antes de pagar.

Cómo emitir un B11, paso a paso

  1. Confirma que el vendedor no tiene RNC

    Consulta su cédula en la DGII. Si está registrado como contribuyente, te debe dar su propia factura con NCF.

  2. Identifica al vendedor

    Nombre completo y cédula, con copia del documento.

  3. Calcula las retenciones

    100% del ITBIS si lo comprado está gravado; ISR si es un servicio de persona física, a la tasa vigente.

  4. Emite el comprobante con tu secuencia B11

    Detalla lo comprado, el monto, el ITBIS y lo retenido. Entrega copia al vendedor y guarda la tuya.

  5. Declara y paga

    La retención de ISR en el IR-17 antes del día 10; el ITBIS retenido en tu IT-1 antes del día 20; la compra en el 606 antes del 15.

Cómo se reporta

El B11 va en tu 606 como cualquier compra, con la cédula del vendedor como identificación, el tipo de gasto, el monto, el ITBIS facturado y lo retenido de ITBIS y de renta. El ITBIS retenido entra en tu declaración de ITBIS del mes y la retención de renta en el IR-17.

Como el B11 es un comprobante fiscal, necesita secuencia autorizada. Si es la primera vez que compras a informales, solicita secuencias de tipo 11 en la Oficina Virtual antes de necesitarlas.

Preguntas frecuentes

¿Quién emite el B11, el que compra o el que vende?

El que compra. El B11 existe justamente porque el vendedor no está registrado y no puede emitir comprobantes.

¿Puedo usar un B11 para un proveedor formal que no me dio factura?

No. El B11 es para compras a personas no registradas como contribuyentes. A un proveedor formal se le pide su factura con NCF.

¿Cuánto ITBIS retengo en un B11?

El 100% del ITBIS de lo comprado cuando está gravado, según la guía de ITBIS de la DGII.

¿El B11 tiene versión electrónica?

Sí, el E41, comprobante de compras electrónico.

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